Modo Inspector · aplicación 6 de 7

Nepotismo y parentesco

Busca y verifica. Elige un parentesco y ve qué grado es y qué ley lo alcanza: plaza, contrato o candidatura. Con el árbol de grados, cómo se investiga un cargo y por qué un apellido igual no prueba nada.

Imagen ilustrativaPregúntale al Auditor · Modo Inspector

Nepotismo y parentesco

🧮 ¿Esta persona cuenta como familia para la ley?

Elige el parentesco y te decimos qué grado es y qué ley lo alcanza. No busca a nadie: lee la ley.

Ver la tabla completa de parentescos
ParentescoQué dice el Código CivilContratarlo en tu oficinaDarle un contrato o un permisoQue compita por tu cargo (desde 2030)
Mi padre o mi madreConsanguinidad, línea recta, primer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi hija o mi hijo (también por adopción plena)Consanguinidad, línea recta, primer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi hermana o mi hermanoConsanguinidad, línea colateral, segundo grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi abuela o mi abueloConsanguinidad, línea recta, segundo grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi nieta o mi nietoConsanguinidad, línea recta, segundo grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi tía o mi tíoConsanguinidad, línea colateral, tercer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi sobrina o mi sobrinoConsanguinidad, línea colateral, tercer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi bisabuela o mi bisabueloConsanguinidad, línea recta, tercer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi bisnieta o mi bisnietoConsanguinidad, línea recta, tercer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi prima o mi primo hermanoConsanguinidad, línea colateral, cuarto grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi tía abuela o mi tío abueloConsanguinidad, línea colateral, cuarto grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi sobrina nieta o mi sobrino nietoConsanguinidad, línea colateral, cuarto grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi tatarabuela o mi tatarabueloConsanguinidad, línea recta, cuarto grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi prima o mi primo segundoConsanguinidad, línea colateral, sexto grado➖ No lo alcanza⚠️ Depende➖ No lo alcanza
Mi esposa o mi esposoVínculo, no parentesco✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi concubina o mi concubinoVínculo, no parentesco✅ Sí lo alcanza⚠️ Depende✅ Sí lo alcanza
Mi suegra o mi suegroAfinidad, línea recta, primer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi nuera o mi yernoAfinidad, línea recta, primer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi hijastra o mi hijastroAfinidad, línea recta, primer grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Mi cuñada o mi cuñadoAfinidad, línea colateral, segundo grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Los abuelos o los nietos de mi cónyugeAfinidad, línea recta, segundo grado✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza✅ Sí lo alcanza
Los tíos o los sobrinos de mi cónyugeAfinidad, línea colateral, tercer grado➖ No lo alcanza✅ Sí lo alcanza➖ No lo alcanza
Las primas o los primos de mi cónyugeAfinidad, línea colateral, cuarto grado➖ No lo alcanza✅ Sí lo alcanza➖ No lo alcanza
Mi concuña o mi concuñoSin parentesco legal➖ No lo alcanza⚠️ Depende➖ No lo alcanza
Mi consuegra o mi consuegroSin parentesco legal➖ No lo alcanza⚠️ Depende➖ No lo alcanza

🌳 Cómo se cuentan los grados

Cada generación es un grado (Código Civil Federal, art. 296). En línea recta se cuentan las generaciones; entre colaterales se sube hasta el pariente en común y se baja por la otra línea, sin contarlo (arts. 299 y 300). La afinidad nace del matrimonio y une a cada cónyuge con los parientes del otro (art. 294). En color, lo que alcanza la ley de nepotismo: Código Civil Federal ↗.

Árbol de grados de parentesco Cada generación es un grado. En línea recta: padres e hijos 1, abuelos y nietos 2, bisabuelos y bisnietos 3, tatarabuelos y tataranietos 4. Colaterales: hermanos 2, tíos y sobrinos 3, primos hermanos, tíos abuelos y sobrinos nietos 4. Por afinidad: suegros, yernos e hijastros 1, cuñados 2. La ley de nepotismo alcanza hasta el cuarto grado de consanguinidad y el segundo de afinidad, y al cónyuge. Tatarabuelos4º grado Bisabuelos3º grado Abuelos2º grado Padres1º grado Tú Hijos1º grado Nietos2º grado Bisnietos3º grado Tataranietos4º grado Hermanos2º grado Sobrinos3º grado Sobrinos nietos4º grado Tíos abuelos4º grado Tíos3º grado Primos hermanos4º grado Primos segundos6º grado Afinidad Suegros1º grado Cónyugevínculo Hijastros1º grado Cuñados2º grado Tíos del cónyuge3º grado
La ley de nepotismo lo alcanza (consanguinidad hasta el 4º, afinidad hasta el 2º y el cónyuge). Fuera de su alcance.

⚖️ Tres leyes, tres preguntas distintas

Contratar a un pariente, darle un contrato y heredarle el cargo no son lo mismo, ni lo castiga la misma autoridad.

PreguntaAdministrativa: nepotismo
LGRA, art. 63 Bis ↗
Penal: ejercicio abusivo de funciones
Código Penal Federal, art. 220 ↗
Electoral: nepotismo electoral
Constitución, arts. 55, 82, 115, 116 y 122 ↗
Qué castigaQue el servidor público, valiéndose de su cargo, designe, nombre o intervenga para que se contrate a su familia en el ente público donde trabaja: personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios.Que otorgue ilícitamente contratos, concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, exenciones, compras o ventas que beneficien económicamente a él o a su familia.Que el cónyuge, la pareja o un pariente de quien ocupa un cargo de elección compita por ese mismo cargo en la elección siguiente: Presidencia, gubernatura, diputación federal o local, ayuntamiento y, en la Ciudad de México, jefatura de Gobierno, diputación y alcaldía.
A quién alcanzaConsanguinidad hasta el cuarto grado, afinidad hasta el segundo, matrimonio y concubinato.Cónyuge, ascendientes y descendientes, consanguinidad y afinidad hasta el cuarto grado, terceros con vínculos afectivos, económicos o de dependencia, y socios o sociedades.Línea recta sin límite, colaterales hasta el cuarto grado, afinidad hasta el segundo, parentesco civil, matrimonio, concubinato y unión de hecho, si existieron en los tres años previos a la elección.
Quién lo decideInvestiga el órgano interno de control (la denuncia puede ser anónima, art. 91) y sanciona el tribunal de justicia administrativa.Investiga la fiscalía y lo juzga un juez penal.La autoridad electoral, al revisar el registro de candidaturas.
Qué arriesgaSuspensión de 30 a 90 días, destitución, multa e inhabilitación de 1 a 10 años, o de 10 a 20 si la afectación pasa de 200 UMA (art. 78). Prescribe en siete años (art. 74).De 3 meses a 2 años de prisión si la operación no pasa de 500 UMA; de 2 a 12 años si pasa.No poder registrarse como candidata o candidato.
Desde cuándoDesde la reforma publicada en el DOF el 19-11-2019.Con este texto desde la reforma publicada en el DOF el 18-07-2016.En las elecciones federales y locales de 2030 (transitorio segundo, DOF 01-04-2025). Hasta entonces, la Constitución federal no lo impide.

🧮 La cuenta con números redondos derivado

  • El límite penal del artículo 220 es de 500 UMA: 500 × $117.31 = $58,655.00. Un contrato a un pariente por más de eso puede costar de 2 a 12 años de prisión.
  • El límite administrativo del artículo 78 es de 200 UMA: 200 × $117.31 = $23,462.00. Si la afectación pasa de ahí, la inhabilitación sube a 10 o hasta 20 años.

Con la UMA diaria de 2026, $117.31 (INEGI ↗). Las leyes la toman «en el momento de cometerse» la falta o el delito, así que en otro año la cifra cambia.

🔎 Cómo se investiga un cargo

Cuatro piezas, en orden. Si falta una, el caso no está listo: se dice qué falta y a quién le toca publicarlo.

  1. El cargo

    Quién ocupa qué puesto, desde cuándo y cuánto gana. Toda dependencia debe publicar su directorio desde jefe de departamento (nombre, cargo, nivel y fecha de alta), la remuneración de su personal y los contratos por honorarios (Ley General de Transparencia, art. 65, fracciones VI, VII y X).

    Nómina Transparente del gobierno federal ↗ · Plataforma Nacional de Transparencia ↗

  2. Quién firmó

    El 63 Bis pide que el servidor público haya usado su cargo para nombrar o para intervenir. Hay que saber quién manda en esa área y quién firma los nombramientos: lo dice la estructura orgánica (art. 65, fr. II) y, si no, se pide por transparencia.

    Pedir el nombramiento por transparencia ↗

  3. El vínculo, con documento

    Un parentesco solo consta si lo dice un documento: una resolución del órgano de control o del tribunal, una sentencia o lo que el propio servidor público declaró. Su declaración de intereses es pública, pero los datos de su familia se quedan en reserva (LGRA, art. 29).

    Declaraciones de servidores públicos federales ↗ · Directorio de sancionados ↗

  4. La denuncia

    Si las piezas embonan, la puerta es el órgano interno de control de esa dependencia. La denuncia puede ser anónima y la autoridad debe guardar tu identidad (LGRA, art. 91).

    A qué puerta tocar

👁️ Puntos ciegos

Lo que casi nadie dice cuando circula una lista de «familiares en el gobierno».

  • Un apellido igual no es un parentesco

    Dos personas que se apellidan igual casi nunca son familia: en México los apellidos se repiten muchísimo. Y al revés: los suegros, los cuñados y la pareja casi nunca comparten apellido. Cruzar apellidos da falsos culpables y deja ir a los parientes por afinidad. Para nosotros es una pista para pedir documentos, nunca una acusación.

  • El cruce entre dependencias

    «Yo contrato a tu sobrino y tú a mi hija.» El artículo 63 Bis habla de contratar en el ente público donde el servidor público ejerce sus funciones. Si el intercambio entre dependencias encaja en otra falta, como la actuación bajo conflicto de interés (art. 58) o el tráfico de influencias, lo decide la autoridad.

  • El nepotismo electoral espera a 2030

    La prohibición constitucional se aplica a partir de las elecciones de 2030. Además, solo impide competir por el mismo cargo: el texto no prohíbe que el familiar de una gobernadora busque una senaduría o una presidencia municipal. Cada estado debía adecuar su constitución (transitorio cuarto); lo que dice la de cada uno hay que leerlo aparte.

  • Los datos de la familia están en reserva

    La declaración de intereses es pública, salvo lo que afecta la vida privada (LGRA, art. 29): el nombre de la pareja y de los dependientes lo ve el órgano de control, no el público. Por eso, desde afuera, un parentesco casi nunca se prueba: se señala y se pide que la autoridad lo revise.

  • Tener un pariente en el gobierno no es delito

    La ley castiga usar el cargo para nombrar o beneficiar a la familia, no que dos parientes trabajen en el servicio público. Si cada uno llegó por concurso o en otra dependencia sin intervención del otro, no hay nepotismo en el sentido del 63 Bis.

🛡️ Nuestras reglas para estos casos

Investigar parentescos toca la vida privada de personas que no eligieron estar en una nota.

  • No cruzamos apellidos para señalar a nadie. Un parentesco entra a la plataforma solo si lo dice un documento oficial, con su liga.
  • No nombramos a los familiares que no son servidores públicos ni a las personas privadas, aunque circulen en redes.
  • Una acusación no es una condena (Constitución, art. 20, B, fr. I): un caso señalado es un caso por aclarar.
  • Quien es aludido puede responder: su réplica se publica íntegra.

🗓️ Lo que sigue

Lo que falta revisar para seguir el dinero de la familia en la nómina.