Participaciones a Entidades Federativas y Municipios
Dinero que pertenece a los estados y municipios por derecho, no por concesión. La Federación lo recauda y lo entrega.
Pregúntale al Auditor · Modo InspectorParticipaciones (Ramo 28)
$1,456,045.9 mdp oficial
De cada $100 que se gastan: $14.28 derivado Tipo: gasto no programableDónde está: PEF 2026, Ramo General 28
«De cada $100» = $1,456,045.9 mdp ÷ $10,193,683.7 mdp × 100.
¿Qué cubre?
Dinero que pertenece a los estados y municipios por derecho, no por concesión. La Federación lo recauda y lo entrega.
Qué ley lo sustenta
Ley de Coordinación Fiscal, arts. 1º, 2º y 9º · LFPRH, art. 2º fracc. XXVIII [05]
Por qué importa
Aparece como gasto federal y jurídicamente no lo es: es dinero de las entidades y los municipios que la Federación recauda y entrega, a cambio de que ellos hayan dejado de cobrar por su cuenta los impuestos que hoy cobra la Federación. El artículo 9º de la Ley de Coordinación Fiscal lo protege con una fórmula tajante: las participaciones «son inembargables; no pueden afectarse a fines específicos, ni estar sujetas a retención». Y enseguida abre la puerta que explica la deuda de los estados: el Fondo General de Participaciones, el Fondo de Fomento Municipal y los recursos del artículo 4-A, fracción I sí pueden afectarse en garantía como fuente de pago, siempre que la afectación no exceda del 25 % de lo que les corresponda. Esa es la diferencia con las aportaciones del Ramo 33, que el artículo 49 declara inembargables sin esa salida. Y es gasto no programable justamente porque deriva de una obligación legal, no de un programa.