Impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos (Exploración y extracción de hidrocarburos)
Se paga por cada kilómetro cuadrado de área contractual o de asignación, según esté en fase de exploración o de extracción.
Pregúntale al Auditor · Modo InspectorExploración y extracción de hidrocarburos
$7,070.4 mdp oficial
De cada $100 que entran: $0.07 derivado Familia: ImpuestosClave en el art. 1o. de la ley: 1.18.01
Monto autorizado por la Ley de Ingresos de la Federación 2026, art. 1o. [10]. «De cada $100» = $7,070.4 mdp ÷ $10,193,683.7 mdp × 100.
¿Qué grava?
Se paga por cada kilómetro cuadrado de área contractual o de asignación, según esté en fase de exploración o de extracción.
Qué efecto jurídico produce
No grava la ganancia ni el volumen extraído, sino la superficie ocupada, y la cuota sube cuando el área lleva más de sesenta meses sin producir. Es un impuesto diseñado para desincentivar que se retengan áreas ociosas. Su recaudación se destina al Fondo para Entidades Federativas y Municipios Productores de Hidrocarburos.
Qué ley lo sustenta
Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, arts. 55 a 57 [57]
Qué trae por dentro
La Ley de Ingresos 2026 lo autoriza en un solo renglón (su clave es 1.18.01): no lo parte por dentro, ni por tipo de contribuyente ni por actividad. Por eso aquí no hay desglose: no lo inventamos.